ElContrato de Puesta a Disposición (CPD) es el celebrado entre la empresa usuaria y la empresa de trabajo temporal (ETT) que tiene por objeto la cesión delDpto Documentación Iberley 12.75€ 12.11€ + Información Disponible El Derecho del trabajo que viene V.V.A.A 21.25€ Aefectos de las definiciones de desplazamiento de trabajadores, se entiende incluida la persona trabajadora de una empresa de trabajo temporal puesta a disposición de una empresa usuaria establecida o que ejerce su actividad en el mismo Estado que la empresa de trabajo temporal o en otro Estado miembro de la Unión Europea o signatario del
Buenosdías, Tengo algunas dudas sobre quién debe entregar los Equipos de Protección Individual a los trabajadores de ETT, si la empresa usuaria o la ETT porque el RD 216/1999 del 5 de febrero dice que la empresa usuaria será responsable de las condiciones de ejecución del trabajo de los trabajadores puestos a sus disposición por
Ocultar/ Mostrar comentarios Apartado 1.6 del anexo I redactado por el apartado uno del artículo único del R.D. 2177/2004, de 12 de noviembre, por el que se modifica el R.D. 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, en 2N07.